Para quien aún tuviera dudas, definitivamente sí se está
multando a todos aquellos que incumplan las recomendaciones de las autoridades.
Ahora veremos quiénes pueden sancionarme, cómo y por qué.
Los Agentes de Policía Nacional y Guardia Civil, así como
Policía Local y Policías Autonómicas tienen potestad para sancionarte, e
incluso detenerte, si no cumples las medidas de confinamiento establecidas por
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma por
el COVID-19.
El artículo 20 de este RD 463/2020 establece que el
régimen sancionador será aplicado según los términos de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los
estados de alarma, excepción y sitio. A su vez, esta norma, deriva a otras leyes donde se prevén las sanciones
concretas según el tipo de infracción.
Como ya hemos visto en redes y medios, se permiten los
desplazamiento a centros de asistencia sanitaria, al trabajo, al supermercado
para adquirir productos básicos de alimentación (cervezas y galletas no es
básico, de hecho están multando por ello), pasear al perro, tender la ropa en
la terraza común, acompañar a personas mayores o con problemas de movilidad e
incluso a menores con Trastornos del Espectro Autista que necesitan salir, los
regímenes de visitas de padres separados (puedes ver la explicación completa en este ARTÍCULO), alimentar animales en fincas o colonias felinas con su
correspondiente certificación, etc. Todo ello siempre manteniendo las medidas y
las distancias de seguridad recomendadas.
Todos estos supuestos son bastante amplios con lo cual la
autoridad irá moderando los mismos mientras dure el estado de alarma.
Tenemos que irnos a varias leyes para saber cómo se está
sancionando:
* La multa de 601€ a 30.000€ por desobediencia o
resistencia a la autoridad, y la negativa a identificarse, en virtud de la LO
4/2015.
* La multa de 1.501€ a 30.000€ por incumplimiento del
estado de alarma, cuando este incumplimiento no suponga una especial
peligrosidad para la seguridad de las personas o los bienes, en virtud de la
Ley 7/2015.
Sin embargo, os dejo aquí bajo las tres leyes que regulan las infracciones
posibles y sus correspondientes sanciones.
* Infracción leve con multa de 100€ a 600€ por la remoción
de vallas, encintados u otros elementos colocados por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.
* Infracción grave con multa de 601€ a 30.000€ la
desobediencia o la resistencia a la autoridad
en el ejercicio de sus funciones (cuando no sea constitutiva de delito), la negativa a identificarse y la
alegación de datos falsos o inexactos en el proceso de identificación. Un
ejemplo sería la runner que vimos en los medios resistiéndose a los agentes. Para saber más sobre la desobediencia como delito de desobediencia puedes consultar este ARTÍCULO.
* Infracción muy grave con multa de 30.0001€ a 600.000€ la
celebración de espectáculos o recreativas quebrantando la prohibición ordenada
por la autoridad. Esta sanción la recibirían quienes organicen un concierto o
un partido de futbol de barrio, por ejemplo.
* La infracción será grave con multa de 1.501€ a 30.000€
cuando el incumplimiento no suponga una especial peligrosidad para la seguridad
de las personas o los bienes. En mi barrio ya han multado a un vecino con
1.500€ por salir a comprar donuts.
* La infracción será muy grave con multa de 30.001€ a
600.000€ cuando el incumplimiento suponga una especial peligrosidad para la
seguridad de las personas o bienes. Como ejemplo, vimos esta semana al dueño de
un bar sancionado con 30.000€ y a sus clientes clandestinos multados con 3.000€
cada uno.
* Infracción grave con multa de 3.000€ a 60.000€ la
realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o daño grave
para la salud de la población. También será grave pero con multa de 60.001€ a
600.000€ cuando esa conducta u omisión efectivamente produzca un riesgo o un
daño muy grave para la salud de la población.
* Infracción muy grave con multa de 60.001€ a 600.000€ el
incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones recibidas por la autoridad
cuando comporte daños graves para la salud.
#DerechoParaTodos
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