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¿Qué hacer ante la pérdida, retraso o deterioro del equipaje por parte de la aerolínea?

Que te cancelen un vuelo puede ser una pesadilla, pero que te pierdan la maleta con todas tus cosas al empezar tus vacaciones puede ser aun peor. Sea cómo sea, en ambos casos la ley te protege.
En esta entrega veremos todo sobre las incidencias con el equipaje. Si aun no sabes cuánto te corresponde de indemnización y quieres conocer bien todos tus derechos como pasajero, sigue el siguiente ENLACE.

Si te han denegado el embarque, te han cancelado el vuelo o se ha retrasado, en este ARTÍCULO te cuento todo lo que necesitas saber.

La ley contempla tres incidencias respecto al equipaje:
Retraso del equipaje: si han tardado hasta 21 días en entregártelo.
Pérdida del equipaje: si tras 21 días, no te lo han entregado. Sin límite de tiempo.
Deterioro del equipaje: se ha roto tu maleta o alguna de tus pertenencias.
En los tres casos te amparan el derecho a la información y el derecho a una compensación. Vamos a ver cómo resolverlo y los importes de la compensación en cada caso.


RETRASO DE EQUIPAJE

¿Qué debo hacer si no recibo mi equipaje en aeropuerto y pasan los días y no sé nada?
La normativa aérea en vigor considera retraso hasta los 21 días. Por tanto, podrás reclamar el retraso de tu equipaje desde el día 1 hasta el día 21.
Mi recomendación es que lo notifiques a la aerolínea antes de salir del aeropuerto. En el mismo momento en el que no aparece tu equipaje en la cinta transportadora, preséntate en el mostrador de tu aerolínea y da aviso de su ausencia.
Rellena el formulario que pongan a tu disposición o el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) indicando todos los datos de tu viaje: número de vuelo, fecha, nombre completo y DNI, así como una descripción detallada de tu maleta, y por supuesto que no falten tus datos de contacto del lugar donde te encuentres.
La aerolínea se pondrá en contacto contigo en cuanto tengan tu equipaje localizado.

¿Cuál es el importe de la compensación por retraso?
La ley establece que la compensación por retraso de tu equipaje se calcula a razón de 70€ por día, hasta el día 21. 

¿Qué plazo tengo para la reclamación por retraso del equipaje?
Yo te recomiendo interponer tu reclamación a partir del primer día. Aunque tienes hasta el día 21 de plazo. 
OJO: esta reclamación es muy importante porque en caso de que transcurran los 21 días sin recibir tu equipaje, sólo podrás alegar extravío acreditando que antes has dado aviso del retraso.


PÉRDIDA DEL EQUIPAJE

¿Qué debo hacer si no recibo mi equipaje en 21 días?
La ley lo considera pérdida o extravío a partir del día 22, fecha en la cual ya puedes interponer la reclamación por extravío.
Dirígete a tu aerolínea en los canales que te hayan ofrecido al momento de presentar tu reclamación por retraso (web, teléfono, email…) o directamente al mostrador del aeropuerto y solicita el formulario de reclamación o un Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR).
Adjunta también la reclamación que interpusiste por retraso en su día junto con toda la documentación identificativa del vuelo, de tu equipaje y tus datos.

¿Cuál es el importe de compensación por pérdida de equipaje?
En este caso, las aerolíneas se rigen por una normativa especial que establece una serie de importes máximos calculado en una unidad llamada DEG (Derecho Especial de Giro) que se traduce a la moneda del país donde se produzcan las incidencias. Estos valores se actualizan cada día según el tipo de cambio. 
En la Unión Europea, a día de hoy, las compensaciones por destrucción total, pérdida, daño o retraso se calculan a razón de 27,5€ por kilo aproximadamente. Con un máximo de 1.609€, salvo que exista Declaración de valor Especial de Equipaje cuando declares que llevas objetos de valor especial.

¿Qué plazo tengo para la reclamación por pérdida del equipaje?
No hay límite establecido, pero insisto en que realices la reclamación lo antes posible.
Lo más efectivo es presentar primero la reclamación por retraso para luego poder alegar el extravío.


DETERIORO O ROTURA DE EQUIPAJE

¿Qué debo hacer si noto que mi maleta o mis cosas están rotas o que falta algo?
Revisa todo en cuanto recojas tus cosas en la cinta transportadora y, si ves algún deterioro, presenta tu reclamación en ese mismo momento. Lo ideal en este caso es reclamar antes de abandonar el aeropuerto. Aunque tienes hasta 7 días desde el momento en que recibes las maletas.
Dirígete al mostrador de información o al mostrador de tu aerolínea y solicita el formulario de reclamación por daños o un Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR).
El personal realizará una inspección de tu equipaje y te ofrecerá una solución. Puedes aceptar o no.

¿Cuál es el importe de compensación por rotura o deterioro de equipaje?
Depende. El personal de mostrador revisará tu equipaje, y tras la inspección, te ofrecerá: la reparación del daño, reemplazo del objeto dañado o alguna compensación según los importes mencionados de 27,5€ por kilo hasta un máximo de 1.609€. 
Puedes negociar con la aerolínea. En caso de no estar conforme con la solución propuesta, podrás acudir a la vía judicial con la asistencia de un abogado. Si necesitas asistencia no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¿Qué plazo tengo para la reclamación por rotura o daño en el equipaje?
Tienes hasta 7 días desde la recepción del equipaje.
No obstante, yo te recomiendo presentar tu reclamación antes de salir del aeropuerto, de lo contrario, te arriesgas a que la aerolínea alegue que el daño ha sido causado fuera de sus dependencias.


SI NO ESTAS CONFORME CON LA SOLUCIÓN DE LA AEROLINEA
Si la compañía no te ofrece una solución satisfactoria o la compensación correspondiente (en los tres casos que hemos visto), la única vía que te queda es dirimir la controversia en los Juzgados de lo mercantil, en el plazo de dos años, contados a partir de la fecha de llegada a destino o la del día en que el equipaje debería haber llegado. Nuestros abogados te ayudarán si te ves en esta situación. Contacta con nosotros!

Te puede interesar: qué hacer en caso de cancelación o retraso del vuelo, o denegación del embarque que te explico en este ARTÍCULO.

#DerechoParaTodos #SomosTusAbogados 

Fuente: Convenio de Montreal ratificado por España en el año 2004; Reglamento (CE) 2027/97, de 9 de octubre de 1197, sobre la responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente; Reglamento (CE) 889/2002, de 13 de mayo de 2002, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2027/97 del Consejo sobre la responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente.