Esta situación es bastante común. Uno de los hermanos, de
forma gratuita y sin consentimiento de los demás, se queda en la casa que heredan
todos los hermanos a partes iguales. Si todos están de acuerdo en permitirlo,
no hay problema. Pero, ¿qué ocurre cuando ese hermano la posee en contra de la
voluntad de los demás?
Primero tenéis que saber que, si no hay testamento, todos
los coherederos tienen igual derecho a poseer los bienes que pertenecían al
difunto. Lo mismo ocurre si se ha indicado así expresamente en testamento,
cláusula que es muy común.
Esto significa que el “hermano okupa” está en situación de
abuso de derecho puesto que ser coheredero NO le confiere título para usar en exclusiva
el bien.
Segundo, que en la realidad, se dan infinidad de situaciones
que es imposible de abarcar en estas líneas. Si tienes dudas respecto a tu caso,
puedes escribirnos sin compromiso. En este artículo, abordaré la materia desde
el punto de vista de unos coherederos perjudicados por un hermano que,
gratuitamente y en contra de la voluntad de los demás, hace uso de una vivienda
heredada por todos.
Tercero, necesitáis tener una pequeña noción sobre qué
hacer en caso de recibir una herencia.
Para ello os dejo este ARTÍCULO donde os
lo explico.
Entonces, ¿qué hacemos si nuestro hermano se ha hecho con la casa que hemos heredado?
Lo primero, “por las buenas”.
Siempre recomiendo que, antes de acudir a los Tribunales,
intentemos resolver los conflictos por la vía pacífica, y más cuando se trata
de temas familiares.
Aunque parezca obvio, no lo descartes: podemos intentar una
reunión familiar informal y amistosa para tantear la situación: lo más
adecuado es que sea en un lugar neutral. No en la vivienda fruto del conflicto.
Esto para evitar que se crezcan pasiones innecesarias que podrían perjudicar el
buen término de la negociación.
Si la reunión familiar no funciona, podríamos recurrir a la mediación.
Esta vía es muy recomendable por ser muy ágil y menos gravosa que acudir a un
juicio con todo lo que conlleva. Si te interesa esta opción, ponte en contacto
con el Colegio de Abogados de tu provincia.
Si todo lo anterior no funciona, entonces tendremos que acudir
a nuestro abogado de confianza para analizar las vías legales más adecuadas
a tu caso. Puedes contactar con nosotros. Te asistiremos con la máxima
sensibilidad y esmero.
Hay varias opciones posibles. Cada familia decidirá según
sus circunstancias, por ejemplo:
- Se puede pedir a ese hermano que abone a los demás una mensualidad por el uso del inmueble en concepto de alquiler por la parte que le corresponde.
- También se podría solicitar que abone a los demás la parte que corresponda del valor del bien.
- O incluso antes de aceptar la herencia, se puede renunciar a la misma en favor del hermano, si esa es nuestra voluntad. La renuncia, en este caso, nos ahorraría trámites, impuestos y gastos innecesarios.
Tendremos que iniciar las acciones legales oportunas. En
este punto tenemos que diferenciar si se ha producido o no la partición de la
herencia.
NOTA: la partición es lo que ocurre tras la aceptación o
renuncia de la herencia ante notario. Básicamente, es el momento en el que se
adjudica a cada coheredero su parte.
Si nos encontramos ANTES de la partición de la herencia,
tendremos que ir a un juicio desahucio, es decir a un procedimiento judicial
para exigir el desalojo de la vivienda.
Si estamos DESPUÉS de la partición de la herencia, la
jurisprudencia ha admitido dos opciones: el juicio de desahucio para desalojar
al hermano copropietario que posee en exclusiva, o el juicio ordinario que se
iniciaría con una demanda solicitando las medidas más acordes a nuestra
situación.
¿Tienes dudas con tu caso? Escríbenos!
#DerechoParaTodos