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GUÍA PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL

Actualizado 30/09/2020: Se ha ampliado el plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre 2020, y hoy el RDL 30/2020 ha ampliado la edad de solicitud a mayores de 65 años que no estén percibiendo la pensión de jubilación.

Os he preparado esta guía rápida para solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Si aún tienes dudas, puedes ver este ARTÍCULO donde te explicaba los requisitos. 
El INSS ha activado este SIMULADOR para que puedas asegurarte.
OJO: Si te sale que no te corresponde, no te preocupes, se analizará cada caso. Solicítalo igual.

¿Cuándo lo solicito?
El plazo acaba el 31 de diciembre 2020.


¿A partir de cuándo empiezo a cobrar?
Las ayudas se cobran a partir de la fecha que te indique la resolución favorable a tu solicitud. Tienen  3 meses de plazo para contestarte a partir del momento que la envíes correctamente.
Pero OJO, aunque lo solicites en septiembre, cobrarás contando desde el 1 de junio.


¿Qué documentos me van a pedir?
Te recomiendo tenerlos a mano cuando inicies la solicitud on line, hazles una foto y guárdalas en el dispositivo con el que vas a iniciar la solicitud:
Foto de todos los DNIs o NIEs de los miembros de tu unidad familiar.
Solicitud firmada por todos los miembros de tu unidad familiar. (Más abajo te dejo el formulario).
Si no puedes imprimir: haz una foto con el móvil de un papel donde aparezca tu firma y la de los demás miembros mayores de edad de tu unidad familiar donde ponga lo siguiente: 
“Sirva este escrito que acompaño a mi solicitud de fecha________como acreditación de mi voluntad de solicitar el ingreso mínimo vital".
Recuerda poner nombres, apellidos y DNI o NIE de todos los mayores de edad de tu casa.
Certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en tu domicilio así como la fecha de antigüedad.
Libro de familia o certificado en extracto de las partidas de nacimiento que acredite el vínculo familiar entro los que forman tu unidad familiar. 
O certificado de pareja de hecho.
Declaración responsable de ingresos y patrimonio.
Si estás separado, o divorciado o uno de tus familiares está incapacitado: tienes que adjuntar la sentencia.
Si estás en trámite de divorcio: tienes que adjuntar copia de la demanda de divorcio sellada por el juzgado, o copia de la denuncia de abandono del hogar, o convenio regulador sellado por el juzgado.
Si eres víctima de violencia de género: sentencia donde se condene a tu agresor, orden de protección o de medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal, e informe de los servicios sociales.


¿Cómo lo solicito si no tengo certificado electrónico ni Cl@ve?
Sigue los pasos que te indica la pantalla en este enlace:  INICIAR TRÁMITE.
Rellena los datos directamente en la solicitud: pincha en este enlace para descargar el FORMULARIO. Guárdala en tu dispositivo.
Adjuntar la documentación que te indicaba arriba. Tenla a mano antes de empezar.
Revisa varias veces que has apuntado correctamente tu número de cuenta.
Recibirás un mensaje de confirmación que llevará un código por si necesitas modificar o corregir cualquier dato de tu solicitud. ¡No lo pierdas!
Si falta algún documento o dato se pondrán en contacto contigo por email o al móvil que hayas facilitado en tu solicitud.
El INSS te enviará una carta a tu domicilio con la resolución de la solicitud en un plazo de 3 meses.


Te recomiendo:  no presentes tu solicitud hasta que tengas toda la documentación a mano.
Eso agilizará la tramitación.
Recuerda que: 
tienes tiempo hasta el 31 de diciembre 2020
si te la aprueban, cobrarás contando desde el 1 de junio.
los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) permanecen cerrados al público.

#DerechoParaTodos