He oído muchas veces lo de no esterilizar a las perritas para que tengan una camada y luego vender los cachorros. Es común, pero en la Comunidad Valenciana está prohibido.
¿Qué es exactamente lo que se prohíbe?
El artículo 4 de la ley valenciana de protección animal prohíbe expresamente venderlos o donarlos a menores de 18 años o a incapacitados, sin autorización de sus padres o responsables.
Y se prohíbe también criar y vender cachorros sin la licencia correspondiente.
¿Qué clase de infracción es?
Es una infracción administrativa muy grave según el artículo 25.3.g) de la misma ley valenciana.
¿Qué sanción me puede caer por vender cachorros?
La multa por comercializar cachorros sin licencia puede ir de 6.000€ a 18.000€.
OJO que te pueden sancionar con indiferencia de la cantidad de cachorros que vendas.
¿Qué otras conductas están prohibidas?
El mismo artículo 4 prohíbe:
• Someter a los animales a cualquier práctica que les pueda producir daños.
• Abandonarlos.
• Mantenerlos atados o enjaulados: os dejo un Informe de la Asociación de Veterinarios Abolicionistas de la Tauromaquía y del Maltrato Animal sobre este tema en este ENLACE.
• Mutilar miembros, por ejemplo, orejas o cola.
• No alimentarlos.
• Exhibir animales en escaparates comerciales, hacer donación de animales como premio, reclamo publicitario, recompensa o regalo de compensación.
• Tener animales en lugares donde no se les pueda prestar una adecuada atención y vigilancia. Por ejemplo, en un balcón o abandonados en el campo de la familia donde vamos cada 15 días. Puedes ver que también es delito en este ARTÍCULO.
• La actuación de animales en circos y las atracciones feriales con animales atados tipo carruseles o similares.
Si eres testigo de alguna de estas prácticas, denuncia!. En este ARTÍCULO te indico cómo hacerlo.
El propietario del animal está obligado a mantenerlo:
• en buenas condiciones higiénicas y sanitarias
• en instalaciones adecuadas a su personalidad y raza.
¿Qué sanciones prevé la ley?
Os dejo algunos ejemplos más comunes:
Son infracciones graves con sanciones desde 600€ a 6.000€:
1º Hacer donación de animales como premio, reclamo publicitario, recompensa o regalo de compensación.
2º Mantenerlos sin alimentación o en instalaciones indebidas para garantizar sus necesidades higiénicas y sanitarias.
3º No vacunarlo o no prestarle atención médica necesaria.
Son infracciones muy graves con sanciones de 6.000€ a 18.000€:
1º Los malos tratos y agresiones, físicas y psíquicas.
2º El abandono.
3º La cría y comercialización de animales sin licencias o permisos.
4º Los espectáculos de circo con animales y las atracciones feriales con animales atados del tipo carruseles u otros similares.
Si quieres comprobar la normativa de tu comunidad autónoma, puedes verlas todas AQUÍ.
Y si eres testigo de alguna de estas conductas, denuncia. AQUÍ te explico cómo.
Si tienes dudas, escríbenos!
Fuente: Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalidad Valenciana, sobre Protección de los Animales de Compañía.