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Divorcio sin pasar por Juzgado.

En los tiempos que corren no estamos por la labor de perder ni un minuto de nuestro tiempo en trámites engorrosos e infinitos, por eso os cuento de qué va esta opción legal que hace que el divorcio sea inmediato.


¿En qué consiste esto del divorcio inmediato?
Se trata de una opción que se creó pensando en descongestionar los Juzgados.
Esta posibilidad está prevista en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, es mucho más ágil que el procedimiento que se realizaba en Juzgados que tenía que acabar necesariamente con una resolución judicial que podía tardar meses.
Se realiza ante Notario en un solo trámite y no necesitas Procurador.


¿Cuánto tiempo pasa hasta que estoy divorciado y puedo volver a casarme?
Para los románticos reincidentes que estén pensando en volver a casarse tengo buenas noticias, el divorcio es efectivo desde el mismo momento en que firmas el Acta Notarial. 
Será el propio Notario quien se encargue de registrarlo en el Registro Civil.


¿Tengo que cumplir algún requisito?
1º Debe ser de mutuo acuerdo.
2º Más de 3 meses casados.
3º Que NO existan hijos menores de edad o incapacitados judicialmente. Si tienes hijos mayores de edad SI puedes acogerte a esta opción.
4º Que la mujer NO esté embarazada al momento de instar el divorcio.
5º Que un Abogado redacte tu Convenio Regulador.


¿Qué es el Convenio Regulador?
Es un documento obligatorio que tiene que redactar tu abogado con todas las cláusulas del acuerdo de divorcio, por ejemplo: cómo dividir los bienes, quién se queda con la vivienda familiar, si se pacta una pensión de un cónyuge al otro, etc.


¿Puedo ir a cualquier Notario?
NO. Tiene que ser en la Notaría del último domicilio común o el del lugar de residencia habitual de cualquiera de los dos cónyuges.


¿Necesito un Abogado?
Sí. La ley exige la asistencia de un Abogado para que proporcione el asesoramiento legal necesario a los cónyuges y para que redacte el Convenio Regulador obligatorio.
De hecho, el abogado debe acompañar a los cónyuges a la Notaría y firmar la escritura de divorcio acreditando su condición de Abogado Colegiado en Ejercicio.

Si quieres que seamos tus abogados, contacta con nosotros más abajo o escríbenos a info@derechoparatodos.com y nos ponemos en contacto contigo!

#DerechoParaTodos 

Fuentes: Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, Código Civil, Ley del Notariado, Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.