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Validez en juicio de los whatsapps y mensajes en redes sociales.

Hoy en día todos usamos las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea para comunicarnos. Lo que muchos no saben es que esos mensajes sí se pueden usar como prueba en juicio. 

¿Está contemplado en la ley?
No exactamente. El artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nos hace una lista abierta de los medios de prueba que podemos utilizar en juicio. 
Esta lista no contempla los whatsapps ni mensajes por redes sociales. Sin embargo, el punto 3 de este precepto señala: “Cuando por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores de este artículo pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, el tribunal, a instancia de parte, lo admitirá como prueba, adoptando las medidas que en cada caso resulten necesarias”.
Es en base a este artículo que tu abogado podrá solicitar que se acepten como prueba los mensajes por redes o los whatsapps.


¿Tiene alguna limitación?
Sí. El Juez sabe que pueden ser fácilmente manipulados, por esta razón nos exigirá que cumplan una serie de requisitos.


¿Qué requisitos han de cumplir los whatsapps o mensajes por redes?
1º Debes aportar la transcripción de los mensajes en papel.
2º Debe coincidir exactamente el contenido que tienes en tu móvil o dispositivo con la transcripción en papel que aporte tu abogado al juicio. Este documento será prueba.
3º Si la prueba fuera impugnada por la otra parte (durante el juicio), entonces deberá ser verificada por un perito que acredite que es real, la fecha, la hora y la identidad de las personas que se comunican.
4º Algunos jueces están pidiendo que se aporte incluso el móvil como prueba. Es decir, que deberías aportar no sólo los mensajes transcritos en papel sino también el móvil o dispositivo dónde lo has recibido.
5º El Letrado de la Administración de Justicia (que antes se llamaba Secretario Judicial) cotejará el contenido.


Recomendación: si tienes algún conflicto laboral, personal, o de cualquier tipo, y estás pensando llevar a juicio tu causa, guarda todos los mensajes que recibas, sean correos, whatsapps o mensajes en redes. Tu abogado sabrá qué hacer. 

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#DerechoParaTodos

Fuentes: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil., Sentencia Tribunal Supremo de mayo de 2015, Sentencia Audiencia Provincial de Málaga de diciembre 2017.