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Subsidio Especial por Desempleo

Hace unos días se anunciaba una nueva prestación para quienes hubiesen agotado sus prestaciones durante el estado de alarma. 
ACTUALIZACIÓN: El plazo para solicitarlo se amplía 1 mes a partir de hoy 24 de diciembre 2020.  Aquí te explico todo.


¿Quién lo puede pedir?
Aquellos que, entre el 14 de marzo y el 30 de junio de este año, hayan agotado su prestación contributiva, el paro, el SED, la RAI o el subsidio de cotizaciones insuficientes.
Es decir, que estuvieras cobrando alguna de ellas y entre el 14 de marzo y el 30 de junio se te haya acabado.


¿Qué requisitos debo cumplir?
1º Estar en paro e inscrito como demandante de empleo.
2º No tener derecho a otras prestaciones o ayudas.
3º No ser beneficiario de renta mínima, renta de inclusión, salario social o cualquier otra similar.
4º No tener edad de jubilación.


¿Cuánto es el subsidio?
El Real Decreto-Ley dice que será el 80% del IPREM. 
Esto es unos 438€ aproximadamente.


¿Cuánto durará?
La duración es de 90 días, pudiendo cobrarlo sólo una vez.
Esto significa que cobrarás los 3 meses pero sin posibilidad de prorrogarlo más allá de esa duración. 
Empieza a contar desde el día siguiente de la solicitud, pero te lo ingresarán en el mes siguiente.


Plazo de solicitud
ACTUALIZADO: Hasta el día 24 de enero 2021.


¿Dónde lo solicito?
Puedes pedirlo en este ENLACE marcando la opción de “presolicitud de prestación individual”
O pidiendo cita AQUÍ.


Si tienes dudas, escríbenos! #SomosTusAbogados
#DerechoParaTodos 

Fuente: Real Decreto-Ley 32/2020; Actualización DA5º Real Decreto-Ley 35/2020.